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TÍTULO CALIDAD ÉTICA Y LEGALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
 ÍNDICE INDICE
CAPÍTULO 1.- CALIDAD.
1. 1.- CONCEPTO. NECESIDAD DE LA CALIDAD PUBLICA.
1.2.- LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. DISTINTOS NIVELES DE EXIGENCIA Y DIFERENTES CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
1. 3.- LA RELACIÓN DIALÉCTICA CALIDAD -LEGALIDAD.
1.4.- NORMAS ESPECÍFICAS REFERIDAS A LA CALIDAD PUBLICA.
1.5.- DISTINTOS MODELOS DE EXCELENCIA PUBLICA .
1.6.- GESTORES HIPERACTIVOS.
CAPÍTULO 2.- ÉTICA.
2.1.- ÉTICA.
2.2.- EL MANTENIMIENTO DE LA CONFIANZA. NECESIDAD DE FORMALIZAR EXPRESAMENTE LOS PRINCIPIOS DE LA ÉTICA PÚBLICA
2.3.- LA ETICA EN LA GESTION PÚBLICA. REQUERIMIENTOS ÉTICOS DE LA GESTIÓN DE ASUNTOS AJENOS.
2.4 .- LA DEFINICIÓN DEL INTERES GENERAL O BIEN COMÚN. LOS RIESGOS DE LAS GRANDES PALABRAS.
2.5.- ANTECEDENTES CERCANOS DE LA REVALORIZACIÓN ÉTICA.
2.6.- ETICA PROFESIONAL.
2.7.- FUNCIONARIOS DESMORALIZADOS.
CAPÍTULO 3.- LEGALIDAD
3.1.- PODER Y PODERÍO. LA LEGITIMACIÓN DEL PODER.
3.2.- PODER Y DERECHO. LA SEGURIDAD JURÍDICA Y LA IGUALDAD ANTE LA LEY.
3.3.- ALGUNOS EJEMPLOS NOTABLES DEL RESPETO AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN EL DERECHO HISTÓRÍCO: SÓCRATES Y EL REY ALFONSO X EL SABIO.
3.4.- PODER Y ESTADO DE DERECHO.
3.5.- LA PARADOJA DEMOCRÁTICA. ANOMÍA Y ANOMIA.
3.6.- LA DOBLE PARADOJA: POLÍTICOS CON ANOMIA.
 INTRODUCCIÓN 1. INTRODUCCIÓN
Según escribe Kant en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, "las leyes son, o leyes de la naturaleza, o leyes de la libertad", la ciencia de las primeras se llama física o teoría de la naturaleza y la de las segundas, ética o teoría de las costumbres". Siguiendo esta división, la ciencia de la Administración y las leyes o principios objetivos y generales que deben regularla se enmarca claramente entre las leyes de la libertad , formando parte de la teoría de las costumbres o formas en que una sociedad concreta articula los modos de poder y la gestión de los asuntos colectivos.
En cuanto al imperativo indica el citado autor : "la representación de un principio objetivo en tanto que es constrictivo para una voluntad llámase mandato ( de la razón), y la fórmula del mandato llámase imperativo". La ley, el imperativo, es el principio objetivo según el cual se debe obrar, válido para todo ser racional, a diferencia de la máxima que es el principio subjetivo . "Todos los imperativos se expresan por medio de un 'debe ser' ... Dicen que fuera bueno hacer u omitir algo; pero lo dicen a una voluntad que no siempre hace algo sólo por que se le represente que es bueno hacerlo", ya que la razón por sí sola no determina suficientemente la voluntad de los hombres, puesto que la voluntad se halla sometida a condiciones subjetivas que no siempre coinciden con las objetivas.
Efectivamente es así, no siempre se cumple la máxima de la filosofía griega clásica de que conocer el bien es hacer el bien. Sin embargo, es razonable pensar que la reflexión y el debate acerca de lo que se considera, en un momento histórico dado, racional y objetivamente bueno aumentan las posibilidades de que llegue a realizarse. No debería ser excesivamente optimista esperar que, entre seres racionales, convencer una razón sea el primer paso para mover una voluntad.
Kant divide los imperativos en hipotéticos o condicionales, cuando los mandamientos de la razón están condicionados por los fines que se pretenden alcanzar y categóricos o absolutos, en los cuales los mandamientos de la razón no están condicionados por ningún fin, de modo que la acción se realiza por sí misma, y es un bien en sí misma . "Lo que sólo es posible mediante las fuerzas de algún ser racional, puede pensarse como propósito posible para alguna voluntad; por eso los principios de la acción ... son en realidad en número infinito". Sin embargo, "el imperativo categórico es único y es como sigue: obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne ley universal", o bien "obra como si la máxima de tu acción debiera tornarse, por tu voluntad, ley universal de la naturaleza" y de este único imperativo pueden derivarse todos los principios del deber, válidos para cualquier ser racional.
El propósito de este trabajo es realizar una reflexión respecto de las tres características que se consideran esenciales en la gestión pública actual: calidad, ética y legalidad, intentando argumentar que solamente su presencia conjunta y simultánea garantiza la existencia de una verdadera Administración democrática, la única que tiene razón de ser en la época y el entorno en que nos desenvolvemos.
La condición de ciudadano es general y previa, se aplica a todas las personas que viven en sociedad y que, en consecuencia, ven afectada su vida por las normas sociales. Cualquier persona que desempeña un papel de agente social (en el sentido de mandatario o gestor de intereses colectivos : políticos, funcionarios, etc.) debe adecuar su actuación a los principios que, como ciudadano, exigiría a los que gestionaran sus propios asuntos.
El imperativo categórico de la Administración Pública podría formularse del siguiente modo: " La Administración, en tanto que gestiona por mandato de la colectividad los intereses generales, afectando para ello los derechos de las personas, debe garantizar la calidad, ética y legalidad de sus actuaciones".
 AUTOR Mª Pilar Sáenz de la Torre de Trassierra
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