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TÍTULO Educaciín infantil e igualdad de oportunidades en el Estado de Bienestar español: el caso de Cataluña y la administración local
 ÍNDICE ÍNDICE
Introducción
1 El Estado del bienestar en España
2 La educación en España
3 La educación infantil en España
4 Educación infantil e igualdad de oportunidades
5 La educación infantil en Cataluña y el papel de la Ad. Local
Conclusiones
Bibliografía
 INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN
La Diplomatura en Ciencia Política y la búsqueda de respuestas que suscita la práctica política me permitió descubrir la obra de John Rawls A Theory of Justice, en la que el pensador americano elabora una teoría sobre lo que él considera que debería ser una sociedad justa[1].
La idea de preguntarse acerca de cómo debería ser una sociedad justa me pareció merecedora de una mayor atención. Pensé que este trabajo final del Máster en Dirección y Gestión en la Administración Local podría ser una buena oportunidad para seguir reflexionando sobre esta cuestión e intentar relacionar algunas de esas concepciones con la Administración más próxima al ciudadano. Descartando la posibilidad de hacer un trabajo excesivamente teórico he creído más interesante analizar alguna plasmación práctica de estas teorías y de sus relaciones en el ámbito local.
De cada teoría de la justicia se podría desprender un modelo de Estado de acuerdo con el papel que éste debe desempeñar y con las atribuciones que le son asignadas. Las teorías de la justicia contemporáneas que propugnan modelos redistributivos acaban por concretarse en una forma u otra de Estado del Bienestar o Estado Social de Derecho. En el caso de España, la Constitución española de 1978 define el Estado español como un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político[2].
El Estado español, por tanto, puede considerarse dentro del conjunto de sociedades que, respetando los derechos individuales, otorga al Estado importantes atribuciones en el área económica y social.
De entre todas las atribuciones que tiene asignadas nuestro Estado, y que constituyen el Estado del Bienestar español, creo que podemos distinguir, utilizando la nomenclatura de Adela Cortina[3], entre aquellas atribuciones que corresponderían al Estado de Justicia, entendido como aquel cuyo propósito es asegurar universalmente los mínimos de justicia, y aquellas otras atribuciones algunas de las cuales escapan de esos mínimos de justicia y que podríamos englobar en un concepto más amplio como es el de Estado del Bienestar.
La figura 0.1 ilustra la diferencia entre Estado de Justicia y Estado de Bienestar.
La crisis del Estado del Bienestar conlleva que muchas de sus atribuciones se pongan en cuestión. Adela Cortina[4] sostiene que los mínimos de justicia son cosa de los Estados, mientras que el bienestar págueselo cada quien de su peculio.
No pretendo entrar en consideraciones sobre quién debe pagar el bienestar pero sí considero que el subconjunto representado en la figura por el núcleo sombreado, es decir, los mínimos de justicia, deben reforzarse fuertemente y más en una situación en la que el tamaño total del Estado del Bienestar se reduce.
En el subconjunto etiquetado como Estado de Justicia, a mi juicio, deberían encontrarse todas aquellas políticas y actuaciones del Estado encaminadas a favorecer la igualdad de oportunidades entre sus ciudadanos. La educación tradicionalmente ha desempeñado gran parte de esta función y todo indica que su importancia irá en aumento, sobretodo si tenemos en cuenta las características de la llamada sociedad del conocimiento. Además el papel de las Administraciones locales en estas materias ha sido muy destacado en la historia más reciente y todo apunta a que su responsabilidad en estas cuestiones irá en aumento.
Por este motivo, en este trabajo nos centraremos en el ámbito educativo. Concretamente, nos interesa el papel que desempeña el Estado (en su concepción más ámplia) en satisfacer las necesidades educativas de sus ciudadanos, considerando su doble faceta como regulador y productor de servicios educativos. Asimismo, el gran tamaño del sector educativo en España nos recomienda delimitar el estudio a una etapa determinada. Hemos optado por la etapa denominada educación infantil (entre 0 y 6 años) por tener impresión inicial de que se trata de una etapa insuficientemente atendida por las administraciones públicas, a pesar de la enorme importancia que tiene en el desarrollo de la persona.
Del mismo modo, el alto grado de descentralización del sistema educativo español actual requiere una atención específica para cada territorio autónomo en materia educativa. Cataluña es una de las comunidades con plenas competencias en educación, por lo que podemos delimitar aún más el objeto de estudio, para llegar finalmente al análisis de la Administración Local y el papel que ha estado ejerciendo en estos ámbitos y especialmente en la educación de 0 a 3 años ya que históricamente han sido los Ayuntamientos, y siguen siéndolo, la administración más sensible sobre estas cuestiones y a la primera que los ciudadanos recurren en sus demandas.
El propósito de este trabajo, por tanto, no es otro que ofrecer una panorámica sobre la situación de la educación infantil en España, y más concretamente en Cataluña, haciendo una especial atención a las Administraciones Locales, tratando de valorar si nuestro Estado del Bienestar impulsa la igualdad de oportunidades de sus ciudadanos a través de la satisfacción de las necesidades educativas de las niñas y niños entre cero y seis años. Intentaremos así mismo mostrar las dificultades que los Ayuntamientos tienen en esta materia para la Gestión de los diferentes servicios, sea cual sea la fórmula de gestión adoptada, que se dirigen a los niños y niñas de 0 a 3 años y a sus familias.
Para ello, iniciamos el trabajo con un primer capítulo en el que se hace una descripción general del volumen y atribuciones del Estado del Bienestar español, haciendo hincapié en la protección social, pues su volumen representa gran parte de las atribuciones del actual Estado. El capítulo se inicia definiendo el concepto de Estado del Bienestar y se repasan las etapas por las que ha transcurrido en España hasta llegar a la configuración actual. A continuación, se realiza una descripción de los gastos en protección social situándolos en el contexto europeo. Para ello se empleará el concepto de protección social utilizado por el SEEPROS, lo que nos permitirá comparar magnitudes con el resto de países. El análisis se realiza mediante la interpretación de estadísticas oficiales, sin obviar las conclusiones extraídas en otros estudios sobre el Estado del Bienestar. Para cerrar el capítulo, realizamos una valoración sobre la situación actual de la protección social y sus efectos sociales y culturales.
El segundo capítulo se centra en el ámbito educativo y se inicia con una primera parte introductoria sobre la educación en España. En ella centramos la atención en el tratamiento constitucional de la educación y repasamos brevemente la situación anterior a la aprobación de la Carta Magna. Siguiendo una metodología similar a la empleada en el primer capítulo, analizamos el gasto en educación durante el periodo 1980-1992. El análisis de las tasas de escolarización en España nos permiten cerrar este capítulo con una visión global sobre la situación de la educación en España y nos sirve para situar la etapa de la educación infantil en el contexto de la educación en general.
El siguiente capítulo pretende reflejar el tratamiento que en España recibe la educación infantil desde la aprobación de la LOGSE. Asimismo, se describe la evolución reciente de esta etapa educativa en España, desde el punto de vista del volumen que representan estos servicios, así como de su titularidad pública o privada. Por último, cerramos el capítulo con una comparación de la situación de la educación infantil en diversos países, con el objeto de que el lector tenga referencias sobre las que pueda valorar la situación en nuestro país.
Seguidamente se dedica un capítulo a los aspectos de contenido en la educación infantil. En otras palabras, pretendemos exponer algunos de los objetivos perseguidos por la educación infantil y los beneficios que de ella se obtienen con el fin de determinar la importancia de esta etapa para el desarrollo de la persona, con especial atención a la función de la educación como compensadora de desigualdades. Para elaborar este capítulo nos hemos apoyado en estudios y referencias de profesionales de la psicología y de la pedagogía. En definitiva, intentamos responder a la siguiente cuestión: ¿La educación infantil, tal y como está organizada y gestionada en el Estado español, favorece plenamente la igualdad de oportunidades, la imparcialidad (en el sentido de Rawls) y el acceso a lo que éste considera los bienes básicos o, por el contrario, podemos concluir que presenta lagunas o que no atiende a etapas especialmente importantes del desarrollo psicopedagógico del niño, con lo cual dicha igualdad queda mermada.
Por último, entramos de lleno en la descripción de la educación infantil en Cataluña, iniciando este último capítulo con la descripción del currículum de la educación infantil aprobado por la Generalitat. A continuación se detallan los tipos de centros según su titularidad y según el ciclo que imparten, tratando de ofrecer referencias reales sobre los costes que estos servicios suponen para las familias. De nuevo realizamos una descripción de la evolución reciente de esta etapa educativa en Cataluña, desde el punto de vista del volumen que representan estos servicios, así como de su titularidad pública o privada, de manera similar a la descripción para el caso español. Al mismo tiempo valoramos los resultados obtenidos desde el punto de vista de la igualdad de oportunidades. La última parte de este capítulo estudia la escasa escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Cataluña e intenta responder, mediante un modelo simple, si el escaso peso del sector público es una de sus causas. Para realizar este capítulo ha sido necesaria la utilización constante de textos legales y estadísticas oficiales que han complementado las conversaciones iniciales con profesionales del sector educativo.
Por otra parte, el lector constatará cómo, a lo largo de todo el trabajo, los temas tratados se abordan casi exclusivamente desde la óptica del sector público, incluyendo aquí de manera destacada la Administración Local, y del papel que éstos desempeña en la sociedad del bienestar. El hecho de que el papel del sector privado y del sector civil o tercer sector no hayan sido tratados, responde al deseo de centrarse en los objetivos del trabajo anteriormente comentados y de manera más específica al papel que desempeñan los Ayuntamientos en una materia con fronteras muy difusas en aspectos como el competencial, (actual pero también futuro).
Se pretende finalmente, defender la experiencia de la Administración Local en la gestión de estos servicios directos a sus ciudadanos como un modelo sobradamente capacitado en los que siempre deben estar presentes también los criterios de eficacia y eficiencia.
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[1] John Rawls, A Theory of Justice (Harvard U.P., 1971).
[2] Art. 1.1. Contitución Española 1978.
[3] Adela Cortina, Del Estado de bienestar al Estado de justicia, Claves de Razón Práctica, 41, oct. 1994.
[4] Ibíd.
 AUTOR Romero Hernández Teodoro
 E-MAIL romeroht@diba.es
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